El “rebranding” de los derechos humanos.

  • Sergio Montoya

Le debía este artículo para entender un poco más esta moda por los derechos humanos. Su nombre original como “derechos fundamentales” nos dice mucho sobre su significado inicial y lo que defendían y protegían, así como del total consenso social del que disfrutaban (al menos en occidente).

Para entender este origen dejaremos atrás los entonces “derechos naturales” y nos dirigiremos a su concepción como resultado del periodo denominado como La Ilustración en el siglo XVIII, conocido como el de las luces y la razón, donde dejamos atrás la ignorancia, la superstición y la tiranía para construir un mundo mejor. Sobre sus ideas se dieron las revoluciones que tiraron monarquías y establecieron el sistema actual de gobierno democrático a partir de estados-nación.

Los derechos que los y las grandes pensadoras de este periodo consideraron fundamentales para el ser humano se establecieron en dos principales documentos: La Declaración francesa de 1789, aprobada por la Asamblea Nacional, que estableció que esos derechos eran los “derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Tales derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.” Por su parte la Declaración de Derechos Civiles de los Estados Unidos, de 1791, estableció que los derechos naturales eran la libertad de religión, de reunión, de expresión, derechos a la privacidad, derecho al debido proceso e igualdad ante la ley. Un eje transversal a todos estos derechos es que eran oponibles al Estado. El Estado se limitaba a proteger a las personas y a no afectarlas.

A partir de ellos, en el siglo XX se promulgó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que parió a través de los años, y sigue pariendo, una cantidad impresionante de nuevos derechos para la humanidad.

Imagen lavanguardia.com

Ahora bien, en este ejercicio separaremos los derechos fundamentales de los derechos humanos, y los derechos fundamentales de la progresividad. La pregunta fundamental es responder si, fuera del discurso, ¿pintarme el cabello de color morado –como ejemplo- es realmente y objetivamente fundamental para vivir? ¿dónde me quejo de que se violente mi derecho a vivir en paz –como sea que lo entienda-? ¿Qué se refieran a mi como “amigue” y no amigo, realmente es fundamental para vivir o solamente estamos ante derechos accesorios, otros aspiracionales, pero no fundamentales?

En el discurso igualamos los conceptos “derechos fundamentales” de “derechos humanos” (dejo fuera de este ejercicio la diferenciación entre ambos conceptos, en el que los derechos fundamentales son la positivización de los derechos humanos). ¿Por qué los filósofos de ese periodo de La Ilustración establecieron esos derechos como fundamentales para el ser humano, por qué no establecieron otros? Podríamos responder que como se ha establecido, los derechos son progresivos. Pero la duda está en sí cualquier idea de derechos que aparezca, merece denominarse fundamental para la vida y existencia del ser humano. ¿Cada idea de justicia de lo que cree merecer una persona o grupo debe elevarse a derecho humano sobre la justificación de que les es esencial para no vulnerar su identidad o lo que sea que entiendan por vivir su vida como quieran? ¿Qué es lo “fundamental”? ¿Hubo un “rebranding” del concepto de “derechos fundamentales”?

Parece que hubo un cambio de marca, de concepto, de idea de lo fundamental para el ser humano, y que sobre el eslogan de “progresividad” se justificó ese cambio, pero a la vez se anclaron del primero para darle legitimidad al segundo. Parece que los defendible ahora, y nos lo venden como legítimo, son aspiraciones de vida. Espejitos de sueños y hojas de ruta del ideal de sociedad que queremos ser, pero imposibles de cumplir (lease derecho a la vivienda digna, derecho a la paz, derecho a la alegría, etcétera). La mayoría de los “nuevos derechos” derivados de la progresividad parecen muy alejados de la idea original del concepto de “derechos fundamentales”. No considero por sí mismos, malas estas aspiraciones, por el contrario, estos sueños son los que definen la ruta de nuestros ideales, pero escapan a la posibilidad real de cumplimiento por parte del Estado.

Imagen: movimientociudadano.mx

Una paradoja para muchas personas defensoras de los derechos humanos, que por un lado buscan un “Estado de bienestar” en el que el gobierno proporcione gratuitamente o a costos de total accesibilidad no solamente todos los servicios públicos, sino cualquiera que de pronto pensemos que necesitamos para ser felices, que pague incluso operaciones estéticas de busto a las personas que no se sienten felices con el que la genética les dio y a la vez desean tener un movimiento colectivista, de izquierda contra el mercado. Pero por el otro lado resulta que mientras más responsabilidades de hacer se le adjudiquen al estado, más grande será éste, y la posibilidad de brindar los derechos no fundamentales originales de la Ilustración, requieren un esfuerzo económico grandísimo del Estado, en el que solamente el mercado, el capital puede mantener.

¿Muchos de estos nuevos derechos son realmente necesarios, o como en el “marketing”, nos han hecho creer que los necesitamos? ¿Y si esta campaña inició con un “rebranding” de los derechos fundamentales?

Como siempre, la mejor respuesta la tiene usted.

sergio.montoya@auladh.com

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