Por Sergio Montoya
En la América hispana hay cientos de grupos indígenas, y de ellos no es una novedad el fenómeno de migración urbana, que es una tendencia latinoamericana provocada por la extrema pobreza y la desigualdad de oportunidades que caracteriza a nuestro continente.
La llegada de estos grupos a las ciudades se ve envuelta en condiciones de desigualdad, desde las ubicaciones en donde pueden establecerse, donde regularmente carecen de condiciones de vida digna. Insertos en un idioma castellano, con subempleos con bajos salarios, con ingresos provenientes de la economía informal, pues muchos se dedican a la producción y venta de artesanías y a pedir limosna (sobre todo mujeres y niños). Todos contribuyen al sustento de la familia. Las mismas condiciones de existencia, sin servicios básicos detonan otras afectaciones, como: altos grado de desnutrición, sobre todo en niños y mujeres, y numerosas muertes por enfermedades curables; no son comunidades sujetas a crédito para adquirir predios, casas y/o vehículos entre otros productos (como planes funerarios, etcétera); no tienen acceso pleno a servicios de salud ni a compra de medicamentos, como puede ser por la carencia de documentos oficiales de identidad, entre otros; las y los niños indígenas en la ciudad no tienen acceso a la educación, pues precisamente por haber migrado, desertaron de la escuela, y si quieren regresar les faltan documentos escolares, y eso si sus comunidades no los envían a trabajar. Tampoco gozan de espacios de juego y recreación para su edad, y desde a muy temprana edad los podemos ver vendiendo dulces y artesanías o pidiendo limosna en las calles.

Estas comunidades viven rodeadas de una sociedad mestiza, en donde las comunidades indígenas realmente no existen, son ciudadanía imaginaria.
Algunos de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas más relevantes son la no discriminación, la consulta previa e informada, las acciones afirmativas, las políticas públicas diferenciadas, el acceso a servicios de salud y educación con las siguientes características:
a) Accesibles, que dentro de una jurisdicción todos tengan la posibilidad de participar en los procesos sin ser discriminados o excluidos. La accesibilidad se refiere a 3 dimensiones interrelacionadas, la dimensión de la no-discriminación, la accesibilidad física y la accesibilidad económica;
b) Asequibles, que existen suficientes instituciones y programas disponibles que funcionen dentro de una jurisdicción;
c) Adaptables, debe ser compatible con los requerimientos, intereses y condiciones específicas de las comunidades indígenas en sus contextos sociales y culturales diversos y transformativos;
d) Aceptables, que la forma y el contenido de los programas deben ser contextualizados, diversificados y adecuados para las comunidades indígenas, debe ser relevante, culturalmente apropiada y de buena calidad.
Todos estos derechos de las comunidades indígenas se malogran en sus lugares de origen, en donde se envían recursos públicos para buscar tengan acceso a agua potable, servicios de salud y educación incluyentes, programas sociales y culturales específicos, programas alimentarios, ocupacionales entre otros. Todos ellos provistos de políticas de género, de niñez, de no discriminación, bilingües, de consultan previa y respeto a sus sistemas de justicia y culturales. No existen políticas públicas dirigida a las comunidades indígenas urbanas. Las políticas públicas existentes se enfocan solamente en aquellas que se ubican en sus lugares originarios.

Pero llegamos ya el meollo de este artículo. Las instituciones de atención a comunidades indígenas, tiene en su padrón, oficialmente, a comunidades indígenas en centros urbanos. Tienen el conteo, dónde radican y sus orígenes. Pero si usted hace el favor de leerme desde una ciudad, respóndame por favor, ¿existen centros escolares y de salud con personal bilingüe para atender a las poblaciones indígenas, así como con las políticas de accesibilidad, asequibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad?, ¿existen consultas previas e informadas sobre acciones que les afecte en sus comunidades (por ejemplo, la apertura de una calle en la zona en que radican en la ciudad)?, ¿los programas sociales que destinan recursos a los lugares originarios, también los alcanzan en las ciudades?
En general, todas las políticas públicas que el estado destina a las comunidades indígenas, no las incluyen cuando estas poblaciones migran a la ciudad. Pero no solamente el estado las olvida, cuántas y cuantos de nosotros cuando viajamos y acudimos a sus lugares de origen no buscamos la foto y presumimos nuestras visitas y tratamos de respetar y redimir estas culturas, y exigimos se respeten sus derechos. Pero ¿qué pasa cuando en la ciudad los vemos en un semáforo… realmente “los vemos” o los ignoramos?
Somos, en general, cómplices de su invisibilidad y somos quienes debemos actuar por los grupos en situación de vulnerabilidad. Cómo debemos hacerlo va de la mano de hacerlo de la mano de las propias comunidades indígenas urbanas, pero para ello primero debemos verlas. Ello nos lleva al tema de la siguiente entrega: La crisis inflacionaria en el valor de los derechos humanos.
Como siempre, la mejor respuesta la tiene usted.
sergio.montoya@auladh.com
