Seguridad vs Derechos Humanos

Por Esther Illán Marcos

El auge de las nuevas tecnologías está influyendo cada vez más en la sociedad produciendo grandes cambios y convirtiéndola en una sociedad virtual. Las nuevas tecnologías se encuentran integradas en todos los sectores, pero igual que suponen beneficios para la sociedad también generan inconvenientes relacionados con la vulneración a derechos fundamentales como es el derecho al respeto a la vida privada o intimidad, al honor y a la propia imagen.

El derecho a la intimidad, al honor y a la propia imagen son derechos humanos de la primera generación, reciben el nombre de Derechos civiles y políticos. Fueron los primeros en ser reconocidos a finales del siglo XVIII con la Revolución Francesa. Su objetivo es limitar las acciones de los Estados y gobiernos sobre la vida privada de la población y garantizar la libertad.

El derecho a la propia imagen y el derecho a la intimidad no se encuentran expresamente reconocidos en la Constitución mexicana. Pero sí se encuentran en instrumentos internacionales que México ha ratificado. Como por ejemplo, es el caso de el Derecho a la intimidad que tiene fundamento en los artículos 12 de la Declaración Universal de los derechos Humanos y en el artículo 17 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y políticos.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha reconocido la intimidad y la propia imagen como un derecho subjetivo, inseparable de la persona y en su consecuencia es irrenunciable, intransferible e imprescriptible. Pero paradójicamente, está permitido en el artículo 303 del Código Nacional de Procedimientos Penales que cualquier delito puede ser investigado a través de instrumentos de geolocalización si el Ministerio Público lo determina. La CNDH presentó una acción de inconstitucionalidad al considerar esta medida viola derechos humanos.

La geolocalización y el reconocimiento fácil, son técnicas que están siendo empleadas con mayor frecuencia, por parte de las fuerzas de seguridad de los estados y por empresas privadas. 

Los estados, utilizan las cámaras de seguridad en todo el mundo con el objetivo de identificar posibles amenazas que puedan suponer un peligro para los ciudadanos por ejemplo un atentado terrorista. Pero no es lo mismo emplear estos instrumentos para el reconocimiento facial en delitos graves como puede ser un secuestro o atentados terroristas, a emplearlos de manera generalizada que sería atentar y querer controlar la libertad y privacidad de la población.

Implicaría dar pasos hacia atrás en la historia, cuando nos ha costado bastante poder avanzar en materia de derechos humanos y su positivación.

Las autoridades argumentan que estas medidas tienen como fin nuestra seguridad, sin embargo, en ocasiones suceden errores. En Estados Unidos por ejemplo, ha sucedido en diversas ocasiones que debido a la similitud de un ciudadano con el rostro de un delincuente ha sido injustamente detenido hasta verificar su identidad.

Por otro lado, las empresas privados,también están empleando cada vez más el reconocimiento facial. Como puede ser por ejemplo en China que exigen un registro de reconocimiento facial de los usuarios en las empresas que proporcionan servicios de telefonía. Otro ejemplo que podemos ver más cerca a nosotros es en los bancos ¿Quién aún no ha recibido una notificación en la aplicación para BBVA Bancomer solicitando reconocimiento facial?. Hasta el momento podemos negarnos a realizar dicha validación en la aplicación. Pero ¿Llegará el día en el cual solo tengamos la opción de dar consentimiento? Es muy probable que en el futuro cercano si no damos consentimiento no nos permitan utilizar la aplicación. Nos dan la opción de aceptar o no, y recae sobre nosotros la decisión de continuar usando el servicio o no. Es una táctica abusiva que nos obliga a dar el consentimiento. Además, La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares establece que todo tratamiento de datos personales está sujeto al consentimiento de su titular. Será considerado consentimiento tácito cuando, habiéndose puesto a su disposición el aviso de privacidad, no manifieste su oposición. Esto quiere decir que en el ejemplo planteado, aunque no queramos dar consentimiento de manera expresa, se entenderá tácitamente si continuamos utilizando la aplicación.

Si o si vamos a tener que dar consentimiento al reconocimiento facial. ¿Realmente tenemos libertad de decisión?¿Libertad de consentimiento? A mi entender no.

La intención, por parte de organizaciones públicas o privadas, de utilizar reconocimiento facial ha venido generando inquietud entre los expertos en derechos humanos.  Esa imagen puede quedar almacenada en un servidor y ser objeto de algún tipo de tratamiento automatizado con una finalidad distinta a la conocida por el propio interesado. La argumentación empleada de querer proteger a los usuarios y a la población empleando las técnicas de geolocalización, videovigilancia y reconocimiento facial no es argumentación suficiente para vulnerar tantos derechos humanos que se están viendo afectados por las nuevas tecnologías. Es de especial atención que se pueda configurar una cuarta generación en los derechos humanos que aborden los temas del ciber mundo. La vida digital produce muchas vulneraciones a nuestro derechos humanos y fundamentales. Por eso cobra mucha relevancia la protección a los derechos humanos en la vida digital que nos rodea.

Esther Illán Marcos, es egresada de la Maestría en Derechos Humanos de la Facultad de Derecho “Abogado Ponciano Arriaga Leija” de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, México. Maestra en Derechos Sucesorios y Caudales Hereditarios por ESNECA Business School con mención honorífica y licenciada en Derecho por la Universidad de Murcia, España.

Esta entrada tiene 2 comentarios

  1. Abelardo Orozco González

    Creo que el abuso de ambos extremos es negativo, en el uso de las tecnologías. Es decir, no debemos utilizar las bondades que brindan los sistemas digitales y de las TIC’s con fines ilícitos, como tampoco acotar su uso inteligente con el pretexto de los derechos humanos. Anualmente se invierten muchos millones de dólares en avances tecnológicos para que el ser humano los utilice en su beneficio y el del prójimo. Hay experiencias donde las cámaras de video y el uso del GPS ha salvado vidas y resuelto casos de delincuencia que corresponde al catálogo de delitos graves. Ahora, en el caso de los datos biométricos, estos han resuelto problemas, e, incluso, liberado presos inocentes después de mucho tiempo. Aquí lo importantes es legislar al respecto y abatir la impunidad. El género humano nunca podría aspirar a ser cada vez superior, en el buen sentido de la palabra, si se le ponen obstáculos en el avance tecnológico. La libertad y el respeto a las leyes harán del hombre digital y holográfico (hoy por hoy) un ser superior, que sepa, primeramente, dominarse a sí mismo, para poder controlar la naturaleza y vivir en armonía en esta aldea común que es, ya no el planeta tierra, sino, el Universo. Gracias.

    1. Sergio Montoya

      Muchas gracias Abelardo por tu comentario. Como puedes ver, es un tema de debate y el cual tiene que cerrar las posibilidades de abuso. Saludos.

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