{"id":1184,"date":"2026-03-09T08:55:10","date_gmt":"2026-03-09T14:55:10","guid":{"rendered":"https:\/\/auladh.com\/revista\/?p=1184"},"modified":"2026-03-09T08:56:17","modified_gmt":"2026-03-09T14:56:17","slug":"el-adios-a-los-principios-de-paris-sergio-alfredo-montoya-sierra","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/auladh.com\/revista\/el-adios-a-los-principios-de-paris-sergio-alfredo-montoya-sierra\/","title":{"rendered":"&#8220;El adi\u00f3s a los Principios de Par\u00eds&#8221; -Sergio Alfredo Montoya Sierra"},"content":{"rendered":"\n<p>Los Principios de Par\u00eds sobre Derechos Humanos y c\u00f3mo cada pa\u00eds debe protegerlos y mantener instituciones de protecci\u00f3n de estos derechos se da por consenso de Naciones Unidas en 1991. En un contexto de fin de la Guerra Fr\u00eda, del colapso del bloque socialista y en el que parec\u00eda que el mundo occidental capitalista impon\u00eda su idea de mundo, y con los derechos humanos como un eje transversal. Un mundo unipolar.<\/p>\n\n\n\n<p>Los Principios de Par\u00eds sobre los Derechos Humanos, acordados en 1991 para establecer est\u00e1ndares nacionales e independientes que protejan los derechos humanos, enfrentan un contexto mundial muy distinto en 2025, con un mundo tripolar y tensiones geopol\u00edticas significativas. Este cambio afectar\u00e1 su exigibilidad y aplicaci\u00f3n, dado que el consenso global que los sostuvo en la etapa unipolar de pos-Guerra Fr\u00eda se debilita frente a la competencia entre bloques pol\u00edticos y econ\u00f3micos, principalmente Rusia-China-India (BRICS) y Estados Unidos con sus aliados tradicionales.<\/p>\n\n\n\n<p>La realidad multipolar provoca que la aplicaci\u00f3n uniforme y universal de los Principios sea m\u00e1s compleja, ya que las potencias emergentes y las alianzas regionales presentan diferentes enfoques hacia los derechos humanos, con variabilidad significativa en su respeto y promoci\u00f3n. Adem\u00e1s, esta fragmentaci\u00f3n est\u00e1 acompa\u00f1ada de un aumento en la tendencia a aplicar est\u00e1ndares dobles o selectivos, donde la protecci\u00f3n a los derechos humanos puede subordinase a intereses estrat\u00e9gicos, econ\u00f3micos o pol\u00edticos de cada bloque.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>El Desaf\u00edo de los Nuevos Nacionalismos y Conservadurismos en Occidente.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Parad\u00f3jicamente, el cuestionamiento a la agenda progresista de Naciones Unidas y a la aplicaci\u00f3n de los Principios de Par\u00eds no proviene \u00fanicamente de los bloques emergentes como los BRICS, sino tambi\u00e9n desde el interior del propio Occidente. El auge de movimientos nacionalistas y conservadores en Europa y Estados Unidos ha generado un creciente escepticismo hacia las instituciones multilaterales y sus agendas en materia de derechos humanos, especialmente cuando estas se perciben como imposiciones supranacionales que erosionan la soberan\u00eda nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>En Europa, partidos y movimientos de derecha nacionalista han ganado terreno electoral significativo en pa\u00edses como Italia, Hungr\u00eda, Polonia, Francia, Alemania, Espa\u00f1a y los Pa\u00edses Bajos. Estos movimientos cuestionan abiertamente lo que denominan &#8220;agendas progresistas&#8221; de la ONU y la Uni\u00f3n Europea, particularmente en temas relacionados con inmigraci\u00f3n, identidad cultural, familia tradicional, y lo que consideran &#8220;ideolog\u00eda de g\u00e9nero&#8221;. Gobiernos como el h\u00fangaro de Viktor Orb\u00e1n o el polaco bajo el anterior gobierno del PiS han desafiado expl\u00edcitamente directrices europeas sobre derechos humanos, argumentando la defensa de valores nacionales y cristianos frente a lo que perciben como un liberalismo cosmopolita impuesto desde Bruselas o Ginebra.<\/p>\n\n\n\n<p>En Estados Unidos, el regreso de Donald Trump a la presidencia en 2025 marca un renovado cuestionamiento al multilateralismo y a las instituciones internacionales. Durante su administraci\u00f3n anterior, Estados Unidos se retir\u00f3 del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, critic\u00e1ndolo por su sesgo y por incluir pa\u00edses con graves violaciones a derechos humanos. El discurso &#8220;America First&#8221; prioriza la soberan\u00eda nacional sobre compromisos internacionales, y rechaza lo que considera injerencias de organismos supranacionales en asuntos internos. Esta postura ha reforzado narrativas conservadoras que ven con desconfianza las agendas de derechos humanos de la ONU, especialmente en temas de diversidad sexual, derechos reproductivos y migraci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Este fen\u00f3meno crea una situaci\u00f3n in\u00e9dita: mientras que en la d\u00e9cada de 1990 Occidente lideraba la promoci\u00f3n universal de los Principios de Par\u00eds como parte de su proyecto hegem\u00f3nico liberal, ahora sectores significativos de sus propias sociedades y gobiernos cuestionan la legitimidad y pertinencia de este marco normativo. El argumento central es que las instituciones internacionales han sido capturadas por agendas progresistas que no reflejan los valores de amplios sectores de la poblaci\u00f3n, y que imponen visiones ideol\u00f3gicas bajo el disfraz de derechos humanos universales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Convergencia Parad\u00f3jica: Soberanismo de Izquierda y Derecha.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Curiosamente, existe una convergencia parad\u00f3jica entre el discurso soberanista de los BRICS y el de los nuevos nacionalismos occidentales, aunque sus motivaciones sean radicalmente distintas. Ambos cuestionan la legitimidad de un sistema internacional de derechos humanos que perciben como instrumento de poder de \u00e9lites globales desconectadas de las realidades nacionales. Sin embargo, mientras los BRICS critican el marco de derechos humanos como herramienta de neocolonialismo occidental y doble est\u00e1ndar geopol\u00edtico, los nacionalismos occidentales lo rechazan por considerarlo excesivamente progresista y contrario a valores tradicionales.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta doble impugnaci\u00f3n\u2014desde el Sur Global y desde sectores conservadores del Norte Global\u2014debilita significativamente la autoridad moral y pol\u00edtica de las instituciones internacionales de derechos humanos. El consenso de 1991 que sosten\u00eda los Principios de Par\u00eds se fragmenta no solo geopol\u00edticamente, sino tambi\u00e9n ideol\u00f3gicamente, con crecientes sectores que rechazan la universalidad de ciertos derechos o su interpretaci\u00f3n institucional.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Implicaciones para la Exigibilidad de los Principios de Par\u00eds.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Las instituciones nacionales encargadas de los derechos humanos, pero tambi\u00e9n las internacionales, podr\u00edan ver disminuida su influencia y apoyo. En contextos donde los gobiernos s\u00f3lidos se identifican con la defensa del orden soberano y la no intromisi\u00f3n externa\u2014ya sea desde perspectivas conservadoras nacionalistas o desde bloques emergentes\u2014, la cooperaci\u00f3n multilateral para la defensa y promoci\u00f3n de estos derechos podr\u00eda debilitarse sustancialmente.<\/p>\n\n\n\n<p>El descontento con las &#8220;agendas progresistas&#8221; de Naciones Unidas se manifiesta en financiamiento reducido a organismos especializados, retiros o amenazas de retiro de tratados internacionales, y el debilitamiento deliberado de instituciones nacionales de derechos humanos cuando estas son percibidas como aliadas de agendas internacionales rechazadas por gobiernos soberanistas. En algunos casos, se crean instituciones paralelas o se reforman las existentes para alinearlas con visiones nacionalistas o tradicionalistas que priorizan ciertos derechos (seguridad, familia tradicional, identidad cultural) sobre otros (diversidad sexual, derechos reproductivos, migraci\u00f3n).<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, los Principios de Par\u00eds siguen cruciales para exigir que cada pa\u00eds mantenga organismos aut\u00f3nomos y competentes para la protecci\u00f3n de derechos, pero esta exigencia depender\u00e1 m\u00e1s de la voluntad pol\u00edtica interna que del consenso internacional. La presi\u00f3n externa para su cumplimiento se vuelve menos efectiva cuando proviene de instituciones cuya legitimidad es cuestionada tanto por potencias emergentes como por movimientos pol\u00edticos significativos en el propio Occidente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>El Caso de los BRICS en Contexto.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El auge de los BRICS afectar\u00e1 la aplicaci\u00f3n de los Principios de Par\u00eds sobre derechos humanos en sus pa\u00edses miembros a trav\u00e9s de varios factores clave. Primero, la heterogeneidad del bloque, que incluye potencias con distintos reg\u00edmenes pol\u00edticos como China, Rusia, India, Brasil y Sud\u00e1frica, implica que la percepci\u00f3n y el compromiso con los est\u00e1ndares internacionales de derechos humanos var\u00eden, dificultando una aplicaci\u00f3n uniforme de esos principios. En general, los BRICS tienden a priorizar la soberan\u00eda nacional y el respeto a la no injerencia, lo que puede limitar la presi\u00f3n internacional para implementar plenamente estos principios.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, el bloque impulsa una agenda geopol\u00edtica centrada en un orden internacional m\u00e1s representativo y justo desde su perspectiva, con \u00e9nfasis en contrarrestar sanciones unilaterales y medidas coercitivas que consideran violatorias del derecho internacional, las cuales tambi\u00e9n afectan los derechos humanos. Esto podr\u00eda traducirse en una defensa limitada o condicionada de derechos humanos a nivel internacional, con mayor \u00e9nfasis en el desarrollo econ\u00f3mico y la estabilidad pol\u00edtica interna como prioridades.<\/p>\n\n\n\n<p>En este sentido, los BRICS reconocen la importancia de la gobernanza global y el di\u00e1logo, pero bajo t\u00e9rminos que respeten su autonom\u00eda y que a menudo cuestionan los modelos occidentales predominantes en derechos humanos. La ampliaci\u00f3n del bloque con nuevos miembros de diverso perfil socioecon\u00f3mico y pol\u00edtico tambi\u00e9n diversifica sus posiciones y dificulta consensos r\u00edgidos en derechos humanos. Aunque promueven el desarrollo sostenible y algunos temas globales como la eliminaci\u00f3n de enfermedades socialmente determinadas, la defensa tradicional de derechos pol\u00edticos y civiles a la manera de los Principios de Par\u00eds pueden vulnerarse o ser interpretados con flexibilidad seg\u00fan intereses nacionales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Conclusi\u00f3n: Un Marco Normativo en Disputa.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En conclusi\u00f3n, la exigibilidad de los Principios de Par\u00eds enfrenta desaf\u00edos sin precedentes desde m\u00faltiples frentes. Por un lado, los BRICS presentan un modelo de exigibilidad m\u00e1s din\u00e1mica, pragm\u00e1tica y sujeta a las prioridades internas de cada estado, con un menor peso de la presi\u00f3n normativa internacional tradicional y un mayor \u00e9nfasis en cooperaci\u00f3n Sur-Sur y respeto a la soberan\u00eda. Por otro lado, los nuevos nacionalismos y conservadurismos en Europa y Estados Unidos cuestionan la legitimidad misma de las agendas progresistas internacionales, rechazando interpretaciones expansivas de derechos humanos que consideran ideol\u00f3gicamente sesgadas.<\/p>\n\n\n\n<p>El auge de BRICS y el fortalecimiento de movimientos conservadores nacionalistas en Occidente presentan un desaf\u00edo dual para la aplicaci\u00f3n universal y exigible de los Principios de Par\u00eds. Ambos fen\u00f3menos, aunque ideol\u00f3gicamente divergentes, convergen en un foco reforzado en la autonom\u00eda estatal y un cuestionamiento creciente del marco hegem\u00f3nico construido en los a\u00f1os noventa. Esto no necesariamente implica un repliegue total de los derechos humanos, sino m\u00e1s bien una fragmentaci\u00f3n en su interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n, una negociaci\u00f3n permanente en t\u00e9rminos de diversidad pol\u00edtica, cultural y geopol\u00edtica contempor\u00e1nea, y una erosi\u00f3n del consenso que originalmente sostuvo los Principios de Par\u00eds como est\u00e1ndar universal indiscutible. El futuro de estos principios depender\u00e1 de la capacidad de las instituciones internacionales para adaptarse a esta nueva realidad multipolar y pol\u00edticamente fragmentada, reconociendo leg\u00edtimas preocupaciones sobre soberan\u00eda y diversidad cultural sin abandonar el n\u00facleo esencial de protecci\u00f3n de la dignidad humana que motiv\u00f3 su creaci\u00f3n.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los Principios de Par\u00eds sobre Derechos Humanos y c\u00f3mo cada pa\u00eds debe protegerlos y mantener instituciones de protecci\u00f3n de estos derechos se da por consenso de Naciones Unidas en 1991. 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